Visa de Trabajadores Domésticos en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡ - ºÚÁϲ»´òìÈ

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Visa de Trabajadores Domésticos en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡


ºÚÁϲ»´òìÈ podrá tramitar las solicitudes de Visa para Trabajadores Domésticos en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡.

El artículo 15 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 establece que un ciudadano panameño o un residente bien sea temporal o permanente, que contrate a un extranjero para realizar labores de trabajo doméstico, podrá solicitar ésta Visa para Trabajadores Domésticos por un período de un (1) año con cuatro extensiones, siempre y cuando el solicitante permanezca trabajando con el mismo empleador y ambos cumplan con los requerimientos y responsabilidades requeridas por el Servicio Nacional de Migración.

La Visa de Trabajadores Domésticos en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡ incluye como labores las siguientes: personal de servicio, jardineros, cocineros, choferes, mayordomos y cuidadores de niños.

Esta Visa Domestica Panameña es una excelente oportunidad para los extranjeros que decidan reubicarse y establecer la residencia legal en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡. Cualquier Panameño o residente temporal o permanente podrá patrocinar a una persona extranjera como su empleado para que obtenga la Visa Doméstica en Panama.

El panameño o residente temporal o permanente estará obligado a cumplir con las disposiciones señaladas en el artículo 89 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 y todas aquellas contenidas en ésta regulación. Ambos, tanto el empleado doméstico como el empleador, estarán obligados a notificar a Servicio Nacional de Migración de ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡ en caso de culminarse el contrato de trabajo, lo cual será motivo para la cancelación de la Visa de Trabajo Doméstico.

Solicitar la Visa de Trabajador Doméstico en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡

Para solicitar la Visa de Trabajador Doméstico en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡, el extranjero deberá cumplir con las formalidades exigidas en el Artículo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008, excepto el numeral 4 y entregar los siguientes documentos:

  • Solicitud de Visa de Empleado Doméstico en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡.
  • Tres (3) Fotografías.
  • Copia del Documento de Identificación del País de origen o permiso de residencia.
  • Depósito de Garantía emitido por el empleador a favor del Servicio Nacional de ±õ²Ô³¾¾±²µ°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô por la suma de quinientos ($500.00) Dólares Americanos.
  • Pago por trámite y gestión de servicios migratorios por la suma de cien ($100.00) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.
  • Copia de un recibo de servicio público donde se muestre la dirección de residencia donde se vaya a prestar el servicio.
  • Paz y Salvo Nacional de los ingresos del empleador y del empleado.
  • Prueba de afiliación a la Caja del Seguro Social del extranjero y copia de su última tarjeta. (En caso de que se disponga en el archivo)
  • Carta de responsabilidad del empleador.
  • Contrato de trabajo.
  • Copia del Documento de Identificación Nacional o de la Tarjeta de Residencia Legal del empleador.
  • Prueba de solvencia económica del empleador a través de la entrega de cualquiera de los siguientes documentos:
    • Carta emitida por el empleador indicando el salario percibido por el empleado.
    • Declaración de Ingresos con su respectivo Paz y Salvo.
    • Copia de Tarjeta de Crédito de cualquier Banco.

REQUISITOS PARA LA RENOVACION DE LA VISA DE TRABAJADOR DOMESTICO

  • Solicitud de Renovación de la Visa
  • Pago de cincuenta (50.00) Dólares al Servicio Nacional de Migración.
  • Copia de un recibo de servicio público donde se refleje la dirección de la residencia donde prestará sus servicios el empleado doméstico.
  • Prueba de afiliación a la Caja del Seguro Social del extranjero y copia de su tarjeta.
  • Carta de responsabilidad del empleador.

HONORARIOS DE ºÚÁϲ»´òìÈ

Para solicitante principal

Etapa 1.-

  • Honorario por servicios legales para trámite de Visa de ±õ²Ô³¾¾±²µ°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô y Residencia Temporal por dos (02) años en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡: Dos mil Dólares Americanos (US$2000)
  • Impuestos Gubernamentales y otros gastos:
    • Tesoro Nacional: Doscientos cincuenta Dólares Americanos (US$250)
    • Depósito de Repatriación: Ochocientos Dólares Americanos (US$800). (Los cuales serán reembolsados una vez que se apruebe la residencia permanente.)
    • Otros cargos: Trescientos cincuenta Dólares Americanos (US$350)

Total Importe del Gobierno y Depósito de Repatriación: Mil cuatrocientos Dólares Americanos (US$1400)

Si Usted está interesado en reubicarse a Panama o en solicitar residencia en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡, por favor contáctenos y gustosamente le brindaremos una consulta personalizada en las oficinas de ºÚÁϲ»´òìÈ.


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