{"id":7044,"date":"2010-10-07T00:00:00","date_gmt":"2010-10-07T05:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/relofirm.com\/missionary_visa\/"},"modified":"2020-01-22T10:40:07","modified_gmt":"2020-01-22T15:40:07","slug":"visa-de-misionero","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.relofirm.com\/es\/visa-de-misionero\/","title":{"rendered":"Visa de Misionero"},"content":{"rendered":"
Nuestra firma 黑料不打烊 podr\u00e1 asistir a aquellos miembros del Clero en la obtenci\u00f3n de la Visa de Misionero en Panam\u00e1.<\/p>\n
Este programa le permite a los misioneros extranjeros obtener la residencia legal en Panam\u00e1 bajo la condici\u00f3n de que ellos vivir\u00e1n en Panam\u00e1 con el prop\u00f3sito de actividades misioneras, como por ejemplo, ser un Pastor de una Iglesia.<\/p>\n
Para los servicios religiosos de la Iglesia Cat\u00f3lica y Ortodoxa<\/p>\n
Aquellos extranjeros que sean sacerdotes y otros miembros del Clero que se dediquen al trabajo pastoral podr\u00e1n optar a \u00e9sta modalidad de Visa.<\/p>\n
Adicional a los requerimientos b\u00e1sicos establecidos en el art\u00edculo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para el Dep\u00f3sito de Repatriaci\u00f3n), el solicitante deber\u00e1 entregar los siguientes documentos:<\/p>\n
1. Carta enviada por la m\u00e1xima autoridad de la orden religiosa certificando:<\/strong> las actividades del solicitante en Panam\u00e1, nombre del grupo misionero o de la comunidad religiosa a la que pertenece, lugar y tiempo de residencia en Panam\u00e1<\/p>\n La duraci\u00f3n m\u00e1xima de la Visa de Misionero en Panam\u00e1 ser\u00e1 de seis (6) a\u00f1os.<\/p>\n Para los misioneros seculares al servicio de la Iglesia Cat\u00f3lica o Iglesia Ortodoxa<\/p>\n Los extranjeros que sean misioneros laicos dedicados al trabajo pastoral podr\u00e1n optar a \u00e9sta modalidad de Visa.<\/p>\n Adicional a los requerimientos b\u00e1sicos establecidos en el art\u00edculo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para el Dep\u00f3sito de Repatriaci\u00f3n), el solicitante deber\u00e1 entregar los siguientes documentos:<\/p>\n Carta emitida por la m\u00e1xima autoridad a la cual el misionero ha sido asignado, certificando:<\/strong> actividades del solicitante, grupo misionero o comunidad religiosa a la cual ha sido asignado, lugar y tiempo de residencia en Panam\u00e1.<\/p>\n Para solicitar una pr\u00f3rroga, el solicitante deber\u00e1 entregar los documentos mencionados anteriormente. Como estudiante de la Iglesia Cat\u00f3lica y la Iglesia Ortodoxa<\/p>\n Los extranjeros que persiguen los estudios religiosos de la Iglesia Ortodoxa y la Iglesia Cat\u00f3lica, podr\u00e1n optar a \u00e9sta modalidad de Visa.<\/p>\n Adicional a los requerimientos b\u00e1sicos establecidos en el art\u00edculo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para el Dep\u00f3sito de Repatriaci\u00f3n), y establecidos en el cap\u00edtulo IV de la presente regulaci\u00f3n, el solicitante deber\u00e1 entregar los siguientes documentos:<\/p>\n Carta emitida por la m\u00e1xima autoridad especificando la condici\u00f3n del estudiante, lugar y tiempo de residencia en Panam\u00e1.<\/strong><\/p>\n Para solicitar una pr\u00f3rroga, el solicitante deber\u00e1 entregar los documentos mencionados anteriormente.<\/p>\n La duraci\u00f3n m\u00e1xima de \u00e9sta Visa ser\u00e1 de seis (6) a\u00f1os, prorrogable cada dos (2) a\u00f1os.<\/p>\n Los extranjeros que pertenecen a iglesias, misiones o comunidades religiosas debidamente reconocidas por el Ministerio de Gobierno y Justicia de Panam\u00e1, e inscritas ante el Registro P\u00fablico de Panam\u00e1, podr\u00e1n aplicar bajo \u00e9sta modalidad de Visa.<\/p>\n Adicional a los requerimientos b\u00e1sicos establecidos en el art\u00edculo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 (Excepto para el Dep\u00f3sito de Repatriaci\u00f3n), el solicitante deber\u00e1 entregar los siguientes documentos:<\/p>\n Para solicitar una pr\u00f3rroga de \u00e9ste permiso, adem\u00e1s de los requisitos mencionados en los numerales anteriores, el solicitante deber\u00e1 entregar los siguientes documentos:<\/p>\n La vigencia m\u00e1xima de \u00e9ste permiso ser\u00e1 de seis (6) a\u00f1os, prorrogable cada dos (2) a\u00f1os<\/p>\n Nota: En caso de que el ministro est\u00e9 autorizado por la legislaci\u00f3n paname\u00f1a para llevar a cabo matrimonios o tiene un t\u00edtulo de estudios religiosos para el ejercicio directo de su culto, la duraci\u00f3n de \u00e9ste permiso ser\u00e1 de seis (6) a\u00f1os, hasta que culmine su misi\u00f3n.<\/p>\n Procedimiento a seguir para solicitar la Visa de Residencia Temporal<\/strong><\/p>\n Otros documentos requeridos<\/strong><\/p>\n Todos los documentos deber\u00e1n ser apostillados o autenticados por el Consulado de Panam\u00e1 en su Pa\u00eds o en el Consulado m\u00e1s cercano.<\/p>\n Tenga en cuenta que el Departamento de Inmigraci\u00f3n requiere que el solicitante de cualquier tipo de visa, se encuentre presente f\u00edsicamente al momento de introducir la solicitud a Inmigraci\u00f3n.<\/p>\n El Servicio Nacional de Migraci\u00f3n en Panam\u00e1 no permitir\u00e1 la visita de personas vistiendo pantalones cortos, camisetas o sandalias.<\/p>\n Una vez que sea aprobada la Visa de Inmigraci\u00f3n, por favor planifique visitar Panam\u00e1 por un lapso de al menos dos (2) semanas, debido a que le ser\u00e1 retenido su pasaporte por un lapso de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles para insertar los sellos oficiales de Inmigraci\u00f3n y la informaci\u00f3n de la Visa en su interior.<\/p>\n HONORARIOS DE 黑料不打烊<\/strong><\/p>\n Para solicitante principal<\/strong><\/p>\n Etapa 1.-<\/strong><\/p>\n Total Importe del Gobierno y Dep\u00f3sito de Repatriaci\u00f3n: Mil cuatrocientos D\u00f3lares Americanos (US$1400)<\/p>\n Para dependientes (C\u00f3nyuges e Hijos menores de 18 a\u00f1os)<\/strong><\/p>\n Etapa 1.-<\/strong><\/p>\n Total Importe del Gobierno y Dep\u00f3sito de Repatriaci\u00f3n: Mil cuatrocientos D\u00f3lares Americanos (US$1400)<\/p>\n
\nLa duraci\u00f3n m\u00e1xima de \u00e9sta Visa ser\u00e1 de seis (6) a\u00f1os, prorrogable cada dos (2) a\u00f1os.<\/p>\nAUTORIDADES, MINISTROS, RABINOS, PASTORES O LIDERES RELIGIOSOS DE OTRAS DENOMINACIONES O ASOCIACIONES RELIGIOSAS<\/h2>\n
\n
\n
\n
\n
\n
\n
\n
\n